Cuando se anula una representación, se envía un correo electrónico al poderdante y al representante de la misma, informando de este hecho, si éstos han informado de su correo electrónico y han dado permiso para enviarles avisos.

En este caso, la representación deja de ser válida y, por tanto, el representante no podrá realizar actos administrativos en nombre del poderdante.

Una representación es anulada siempre por parte de la administración, por dos motivos:

  • se ha detectado un error en la representación y debe invalidarse para evitar que se utilice. Éste sería el caso, p. ej. si existe un error en el nombre o en el NIF del poderdante, si la documentación en la que se basa la representación es de tipo trámite y la representación registrada es de tipo general, etc.
  • han pasado 40 días desde la solicitud de la representación y el representante no la ha aceptado . En este caso, la representación se anula para que no quede indefinidamente en ese estado.

Una vez anulada la representación, ésta no se puede reactivar en modo alguno, por lo que, es necesario volver a dar de alta la representación, teniendo cuidado de no errar en sus datos o bien, asegurándose de que a posteriori se acepte por el representante, según motivo de la anulación.